«(…) Por tanto, no es evidente que de la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo se desprenda que el artículo 3 del Protocolo 1 haya sido vulnerado en el caso Puigdemont, ni que el Tribunal Constitucional la desconozca o se equivoque».
Derecho, sistema judicial y democracia
Mercado y seguridad jurídica
«(…) la necesidad de otorgar tranquilidad y seguridad en la protección de los derechos de los inventores y creadores cuando acuden a exposiciones internacionales y muestran sus invenciones, diseños y obras creativas y/o negocian o materializan acuerdos de comercialización de los mismos, está en el origen mismo del nacimiento y desarrollo de la protección a nivel internacional de los derechos de propiedad intelectual».
Protocolo JM Barcelona WMC 2018
Difundimos aquí, por su interés forense, el Protocolo de actuación rápida de los Juzgados Mercantiles de Barcelona para el MWC 2018.
España desencajada
«(…) El modelo instaurado en 1978 es extrañísimo (único) a nivel de Derecho comparado y sus fundamentos, basados en la territorialidad autonómica (que no es sino una distribución territorial del poder), han sido muy ampliamente justificados y desarrollados (J.J. Solozábal Echavarría, Las bases constitucionales del estado autonómico, 1998) sin que hayan sido reequilibrados mediante otros mecanismos que tengan como objetivo asegurar la unidad/igualdad/equiparación de los españoles».
Dictamen de especialistas y procesos de familia
«(…) La doctrina científica ha sobreentendido que el legislador civil introducía una modalidad de dictamen pericial propia en el ámbito de los procesos de familia e implícitamente ha entendido que dicho dictamen debía regularse por las normas del dictámenes de peritos».
GRECO
«(…) Por ello, al GRECO le preocupa la forma en que se designa a los vocales del CGPJ. A nosotros también. ¿Cómo se designan? La Constitución establece que el CGPJ estará integrado por veinte miembros. De estos, doce se elegirán entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica, cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión».





